El fallo es por el decreto del Ejecutivo que estableció derechos de exportación entre septiembre y diciembre pasado. La Justicia ordena al fisco devolver el dinero abonado por la empresa demandante por retenciones.
El Juzgado Federal Nº 1 de Rosario declaró inconstitucional el decreto que fijó las retenciones al sector agroexportador entre septiembre y diciembre del año pasado y ordenó al Estado reintegrarle esos pagos a la empresa demandante.
La resolución del juzgado a cargo de Aurelio Cuello Murúa consideró que el Ejecutivo incursionó en "exceso de su potestad reglamentaria sin que exista una delegación legislativa válida y en violación de la prohibición constitucional que pesa sobre el Poder Ejecutivo de legislar en materia tributaria".
De esa manera, entendió que los derechos de exportación creados por el decreto de septiembre de 2018 "padecen de una nulidad absoluta e insanable". La resolución fue apelada por el Estado Nacional, por lo que debe intervenir la Cámara de Apelaciones de Rosario.
El fallo es el resultado de una acción de amparo impulsada por el estudio de abogados Casanova, Mattos y Salvatierra contra el decreto que fijó las retenciones a las exportaciones de algunos productos locales. La norma cuestionada estableció hasta el 31 de diciembre un derecho de exportación equivalente al 12 por ciento. Además, fijó que esas retenciones no podrían exceder los cuatro pesos por dólar, de acuerdo al tipo de producto a exportar.
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