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El gobierno no quiere que se duplique el acto electoral para hacer una consulta

Le pidió al Tribunal Electoral que revea su postura. Pretende que no se vote en dos mesas. Si no, sostiene que la consulta es "impracticable".

Otras | 12/03/19

 
 

El gobernador Miguel Lifschitz sigue dando pelea por la reforma de la Constitución santafesina. Ahora ya no para que la apruebe la Legislatura, sino para que en la consulta popular a la que convocó para el 16 de junio se pueda votar en las mismas mesas que se utilizarán para elegir gobernador e intendente, con las mismas autoridades y los mismos fiscales.

El que le aclaró que eso no se puede es el Tribunal Electoral de la provincia, con lo que el resultado del sufragio carecería de validez y perdería la legitimidad de cualquier elección.

Lejos de darse por vencido, el mandatario salió ayer al cruce de esa aparente imposibilidad y le remitió al Tribunal una nota con su firma en la que reclama y fundamenta para que se vote en las mismas mesas electorales y con las mismas autoridades y fiscales que intervendrán en los comicios generales.

Sin medias tintas, el gobernador le pide al Tribunal Electoral, que se había declarado incompetente para intervenir, que revea esa postura . "Si no -le aclara- la consulta es impracticable", y le asigna toda la responsabilidad.

En concreto le solicita que acceda a que en los locales de votación puedan convivir en las mismas mesas las autoridades designadas para los comicios generales junto con las nombradas para la consulta, y que ambas desarrollen su tarea en forma coordinada. También pide que se evite tener que duplicar los fiscales, hacer mayores erogaciones y provocar inconvenientes en el electorado que decida participar, como tener que presentarse en dos mesas de votación diferentes, con sus respectivas colas de espera.

El argumento con el que el gobierno pretende que el Tribunal Electoral se involucre no es menor: le dice que esa situación podría generar malestar entre los electores y retrasos que afectarían de igual modo a los dos actos eleccionarios. Y le recuerda que ese tribunal debe velar por garantizar la regularidad de los comicios y por impedir eventuales confusiones en el electorado. En su resolución, el tribunal había afirmado que no era de su incumbencia esa consulta popular, y que sólo tenía atribuciones sobre el acto electoral convocado por ley.

En la nota que el gobierno provincial le envió ayer, le señala que a raíz de la resolución que el tribunal firmó el pasado 26 de febrero, el procedimiento de consulta popular "resulta manifiestamente impracticable, quedando así desnaturalizada su propia esencia y los principios que inspiran su convocatoria, como también su legitimidad y la validez de su respectivo resultado"

Responsabiliza al tribunal porque con su decisión "conduce a una innecesaria duplicación del acto electoral, que termina por fulminar toda posibilidad de llevar adelante la consulta".

​Más adelante, le dice que si no accediera a este pedido, "no se encontrarían reunidas las condiciones para efectuar la consulta popular, con las consecuencias no sólo jurídicas, sino institucionales y políticas que ello implicaría". Y concluye que "no resulta razonable generar mayores erogaciones al Estado, notorias incomodidades al electorado y potenciales conflictos funcionales en los locales de votación".

Para que quede claro de quien sería la responsabilidad si la consulta no se realiza, el gobierno afirma que "se incumpliría con la obligación de los estados de garantizar con medidas positivas el pleno y real ejercicio de derechos políticos consagrados constitucional y convencionalmente por nuestro país, como lo son los de participación en las decisiones de los asuntos públicos, en este caso, en forma directa".

Al final, dice que descuenta una resolución favorable, aunque se reserva de concurrir a los estrados judiciales si hiciera falta.

 

• El gobierno de Santa Fe convocó por decreto a una consulta popular para que la gente opine por Sí o por No si quiere reformar la Constitución de la provincia.

• Se votaría el mismo 16 de junio cuando se harán las elecciones provinciales de gobernador e intendente.

• El Tribunal Electoral de Santa Fe aclaró que no tiene competencia para validar esa consulta y recomendó usar otras urnas, votar en otras mesas y designar distinto personal y fiscales.

 

>> Tres razones

El gobierno cuestiona la resolución del Tribunal Electoral porque sostiene que provoca tres efectos:

1 Genera la necesidad de instalar mesas de votación para la consulta popular en igual número que las previstas para las elecciones generales, con sus correspondientes autoridades, e incluso obligando a las fuerzas políticas a disponer de fiscales adicionales para cubrir esa duplicación.

2 En la mayoría de los locales de votación no existe la posibilidad física de albergar una cantidad adicional de mesas de votación. Y, aún en aquellos donde pudiera existir espacio físico para que puedan disponerse las mismas, seguramente se presentarán inconvenientes o, cuanto menos, mayores tareas para los jefes de local y autoridades de ambos actos.

3 Implica un mayor costo económico que compromete innecesariamente al erario público.

Por eso le solicita que reconsidere los términos de su resolución, de manera de "posibilitar la realización ordenada, regular y comprometida del aludido mecanismo de consulta (o de democracia semidirecta), institución propia de los regímenes democráticos que promueven el debate público y la participación ciudadana en el diseño de las políticas públicas, con el consiguiente aumento de la calidad de la democracia y del empoderamiento de la sociedad civil, la que puede ejercer -en ese marco- un mayor control político y de transparencia de los actos de gobierno".

 

>> Dos antecedentes

El gobierno le reconoce la razón al tribunal cuando menciona que sólo tiene competencia directa en el tema electoral, pero le recuerda varios antecedentes que justificarían que interviniera de la misma manera esta vez. Y le señala que existen "elevadas razones institucionales vinculadas con el sistema democrático y a la cooperación entre los poderes del Estado", por lo que firmar un convenio de colaboración por la reforma "no implicaría un menoscabo de las atribuciones y responsabilidades que le son propias, máxime cuando antecedentes en el orden provincial y nacional avalan esta postura". Y los menciona:

• Cuando se realizaron las elecciones simultáneas con la Nación, el Tribunal Electoral, con la misma presidencia de ahora, firmó un convenio de colaboración que permitió la convivencia de dos sistemas de votación diferentes, aun cuando esa posibilidad no se encontraba expresamente contemplada por la normativa provincial.

• La Cámara Nacional Electoral, máximo tribunal del país en materia electoral, posibilitó la realización de una consulta popular voluntaria en la provincia de Entre Ríos, en forma conjunta y simultánea con elecciones nacionales mediante un convenio de colaboración, sin que ello afectara el normal desenvolvimiento y regularidad del acto eleccionario, ni tampoco generara confusión en el electorado de esa provincia. La resolución de dicha Cámara Nacional rescató el carácter voluntario de la consulta y descartó posibilidad alguna de confusión entre las elecciones nacionales y la consulta, ya que se utilizaron boletas, urnas y sobres distintos, perfectamente individualizados y separados de los utilizados para las elecciones de diputados nacionales, que se realizaron en el mismo acto.

La Capital

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

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